Federación de Pensionistas y Jubilados de CCOO | 19 abril 2024.

CCOO consigue la revisión de expedientes bloqueados de jubilación anticipada

    Ratificación del Criterio de Seguridad Social relativo al acceso a la Jubilación Anticipada Involuntaria en el caso de trabajadores/as afectados por despido objetivo que finalmente es reconocido como improcedente.

    12/07/2016.

    CCOO Servicios.- En el año 2011, la Ley de de reforma de la seguridad social modificó los requisitos para acceder a la jubilación anticipada involuntaria, estableciendo que quienes accediesen a esta modalidad de jubilación debían haber sido objeto de despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

    Sin embargo, la Seguridad Social empezó a denegar la jubilación anticipada involuntaria a aquellas trabajadoras y trabajadores afectados por un despido objetivo individual (despido con causa objetiva que al ser recurrido vía judicial o mediante conciliación era reconocido improcedente).

    Ante la injusticia de esta práctica, CCOO luchó para que se revisara este criterio, consiguiendo que el INSS emitiera una nota interna dándonos la razón y ordenando la revisión de todos los expedientes desestimados por esta causa desde Noviembre del 2015.

    Con posterioridad se produjo una discrepancia entre los servicios de Intervención General de la Seguridad Social y el INSS que, finalmente, ha acabado con la confirmación del criterio de CCOO ratificado en su oficio por el INSS.

    Por ello, se ha ordenado que los expedientes afectados por esta situación que se encuentran en fase de reclamación administrativa sean revisados. Igualmente, CCOO ha pedido que se aplique el mismo criterio a los expedientes que se encuentren en fase de reclamación judicial y que se revisen todos los expedientes denegados, y no recurridos, en los últimos meses. Para estos últimos, el INSS indica que carece de herramientas para ello y nos insta a que las afectadas y afectados realicen de nuevo la solicitud de jubilación.

    Y es en este caso donde debemos hacer un último esfuerzo para localizar a los afiliados/as que pudieran encontrarse en esta situación e informarles del nuevo criterio del INSS que les favorece.

    Pedimos vuestra colaboración para difundir esta información y poner en valor este nuevo logro de CCOO. Porque los #sindicatosirven. Y gracias a su quehacer diario, mejoramos la vida de la gente.

    Para completar la información pincha aquí: http://www.ccoo-servicios.es/archivos/bmn/160624NI20-2016SSRatificaciA%C2%B3nDGOSSCriterioJubilaciA%C2%B3nAnticipadaInvoluntariadespidoimporcendente.pdf

    http://www.ccoo-servicios.info/noticias/88745.html