Federación de Pensionistas y Jubilados de CCOO | 26 abril 2024.

Programa de turismo del Imserso

    Plazo de presentación de solicitudes de altas nuevas temporada 2019-2020: del 25 de junio al 10 de julio de 2019, ambos inclusive. Renovación de datos temporada 2019-2020, si estos datos no son correctos o han cambiado: hasta el 10 de julio de 2019.

    01/07/2019.
    Programa de turismo del Imserso

    Programa de turismo del Imserso

    Objeto del programa

    El Imserso desarrolla su programa de turismo como un servicio complementario de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social española, con el objetivo de proporcionar a las personas mayores estancias en zonas de costa y turismo de interior, contribuyendo con ello a mejorar su calidad de vida, su salud y la prevención de la dependencia.

    Por otra parte con el programa de turismo del Imserso se contribuye al mantenimiento del empleo y la actividad económica, paliando las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.

    Requisitos para acceder al programa de turismo del Imserso

    De conformidad con la Orden 926/2018, de 10 de septiembreAbre nueva ventana, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 30 de mayo de 2019Abre nueva ventana, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo del Imserso, podrán acceder al programa:

    • Residentes en España: podrán participar en el programa de turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    • Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones.
    • Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad.
    • Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
    • Ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
    • Ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado.
    • Españoles residentes en el exterior que reúnan los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
    • Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
    • Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

    Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

    En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

    El Programa ofrece las siguientes modalidades de viaje:

    • Zona Costa Peninsular: estancias en zonas de la Costa Peninsular de 15, 10 y 8 días en Andalucía, Murcia, Comunitat Valenciana y Cataluña.
    • Zona Costa Insular: estancias de 15,10 y 8 días en zonas de la Costa Insular (Canarias e Illes Balears).
    • Turismo de Interior, con estancias de 4, 5 y 6 días, con los siguientes tipos de viajes:
    • Circuitos culturales.
    • Turismo de naturaleza.
    • Viajes a capitales de provincia.
    • Viajes a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

    Servicios que se incluyen en el programa. Los servicios que incluye el programa son los siguientes:

    • Alojamiento en régimen de pensión completa, en habitación doble a compartir en hoteles seleccionados por el Imserso. En capitales de provincia el alojamiento será de media pensión. Se contempla el alojamiento en habitación individual, que tendrá un suplemento de precio y estará sujeto a disponibilidad de plazas.
    • Transporte de ida y vuelta en el medio de transporte programado, desde la capital de provincia de la persona usuaria hasta el hotel de destino y regreso, excepto en la modalidad de viajes sin transporte y viajes a capitales de provincia.
    • Póliza de seguros colectiva.
    • Servicio de medicina general, complementario de la Seguridad Social, en el propio hotel, excepto para los viajes de turismo de interior.
    • Programa de animación socio-cultural.

    http://www.imserso.es/imserso_01/envejecimiento_activo/vacaciones/index.htm